Policías Federales ingresaron con violencia a los estudios de Radio Caput, en la ciudad de Buenos Aires, para exigir la entrega de una copia de la entrevista que le realizaron al ex juez de la Corte en la que manifiesta su deseo de que este gobierno «se vaya lo antes posible». La orden fue emitida por el juez Lijo quien lleva una causa en su contra por apología del delito. Pero la medida vulnera los preceptos de la Constitución Nacional y de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
En una nueva muestra de la intolerancia y autoritarismo que caracteriza al gobierno de Macri, la policía federal allanó este miércoles los estudios de Radio Caput para exigir la entrega de una copia de una entrevista realizada al ex juez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni en la que admitió que quiere que el gobierno “se vaya lo antes posible”.
Tres efectivos de civil amenazaron con romper la puerta y llevar detenido al operador si no se les permitía el ingreso mientras exhibían una copia del acta firmada por el juez Ariel Lijo, quien lleva adelante una causa contra Zaffaroni por el delito de “apología del crimen”.
La entrevista tuvo lugar el pasado 17 de enero y en ella el ex magistrado y actual integrante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos lanzó severas críticas al gobierno de Cambiemos y manifestó su deseo de que “se vaya cuanto antes”.
Para el director de Radio Caput, Juan Martín Ramós Padilla, el operativo de esta mañana tuvo intención de “amedrentar” a los trabajadores de ese medio. “Llama mucho la atención que vengan justo hoy a hacer un allanamiento cuando estaba anunciada la presencia del ex presidente Amado Boudou”, sostuvo el periodista, quien volvió a recordar que la entrevista está publicada en la web de la radio y es de fácil acceso.
Las denuncias en contra de Zaffaroni por el tenor de sus expresiones, además de constituir un ataque y un cercenamiento a la libertad de expresión, son violatorias de las disposiciones de la Constitución Nacional y la Convencion Interamericana de derechos Humanos
De acuerdo con los artículos 70 de la convención y 117 de la Constitución nacional, la conducta del juez sólo puede ser revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya que Zaffaroni, al integrar la CIDH, tiene rango diplomático y, por lo tanto, goza de las inmunidades diplomáticas pertinentes.
El Inciso 2 del artículo 70 de la Convención señala además que “no podrá exigirse responsabilidad en ningún tiempo a los jueces de la Corte ni a los miembros de la Comisión por votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus funciones”
El artículo 177 de la Constitución reza: “…En estos casos la Corte Suprema ejercerá su jurisdicción por apelación según las reglas y excepciones que prescriba el Congreso; pero en todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los que alguna provincia fuese parte, la ejercerá originaria y exclusivamente”.