Los inspectores realizan operativos en forma conjunta para garantizar el cumplimiento de Precios Máximos.
Con la finalidad el cumplimiento de la resolución de Precios Máximos, los inspectores de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) continúan realizando operativos de control conjunto de fiscalización de precios y abastecimiento en distintos hipermercados, supermercados y comercios de proximidad para garantizar a los consumidores el acceso a alimentos, bebidas, artículos de limpieza y perfumería en las condiciones de cantidad y precios acordadas.
En ese sentido, el viernes pasado -momento en el que se retomó la acción coordinada que se había desplegado en marzo del año pasado con motivo de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19- fue la primera jornada de labor conjunta y se realizaron un total de 53 inspecciones en el área metropolitana. Como resultado, se elaboraron 14 actas por infracciones a la normativa de Precios Máximos por haberse registrado valores abusivos en distintos artículos, y se verificaron algunos faltantes de productos incluidos en el programa Precios Cuidados.
Si bien la participación del personal de AFIP estará circunscripta al control de los Precios Máximos, la normativa también prevé que podrán realizar inspección e instrumentación de infracciones ante incumplimientos a la Ley de Abastecimiento (Ley 20680); de Defensa del Consumidor (Ley 24.240); y de Lealtad Comercial (Ley 22.802), entre otras.
En un comunicado, se indicó que la Secretaría de Comercio es la autoridad de aplicación para la efectivización de las sanciones y las multas. Con el fin de lograr la mayor efectividad en los operativos de control, la Secretaría provee el modelo de planilla y de acta para llevar adelante la infracción, el manual de procedimiento y el instructivo para la carga de actas y de caratulación.
Según se informó oficialmente, las inspecciones consisten en una verificación ocular, en la que los inspectores comparan que los precios indicados en caja y góndola coincidan con los valores correspondientes según los listados consignados para la tarea de fiscalización. En caso de que un comercio incumpla con estos parámetros se les exige que reduzcan esos precios y se labran actas intimando a los dueños o encargados a dar las explicaciones del caso y presentar documentación que las acredite frente a las autoridades de la Secretaría de Comercio Interior.
En el caso de que las infracciones involucren a más de 10 productos, los inspectores tienen la potestad de realizar una clausura preventiva del comercio por 24 horas, durante las cuales los comerciantes deberán corregir los valores de góndola. Pasado ese tiempo se verifica la corrección en los precios y, de ser así, se levanta la clausura.
Vale recordar que al comienzo de la cuarentena declarada el 20 de marzo, ante los faltantes de alcohol en gel, guantes y barbijos y amenaza de desabastecimiento, comenzó la colaboración con el personal de la AFIP con el fin de garantizar el abastecimiento y el precio de estos productos sanitarios esenciales. En lo sucesivo comenzaron los controles de los precios máximos, establecidos en la resolución 100/2020 que retrotraía los precios al 6 de marzo.
Según la información oficial, en total durante 2020 se llevaron a cabo unas 3.000 inspecciones conjuntas en industrias, distribuidoras, y comercios de diversa magnitud en distintos puntos de todo el país.
La AFIP continuará realizando operativos en conjunto con la Secretaría de Comercio Interior para colaborar con las políticas de control y acuerdo de precios en todo el país. En paralelo, la Secretaría creó hace unos días el Consejo Federal de Comercio Interior (COFECI) con el objetivo de establecer y aceitar mecanismos para la aplicación de políticas públicas relacionadas con el comercio en todo el territorio nacional.
Ambito