Se trata de una solicitud del propio acusado, formalizada a través de sus defensores Leonardo Gómez Talamoni y Bárbara Sager, quien tiene la posibilidad de declarar mientras se sustancia la Investigación Penal Preparatoria (IPP) y la veces que lo crea necesario.
Por otra parte, la jueza Marisa Promé titular del Juzgado de Garantías N.º 4 no hizo lugar al pedido de excarcelación presentado en favor de Moreno por entender que el encubrimiento se vio agravado porque el acusado se valió de la función que cumplía dentro de la fuerza para cometer el hecho delictivo y porque la comercialización de droga es un delito especialmente grave.
En la resolución la jueza detalla: “…valiéndose de la información obtenida a partir de su función como miembro de las fuerzas habría frustrado distintos procedimientos desmereciendo su rol como funcionario que se desempeñaba en Prefectura Naval Argentina y entorpeciendo el accionar de la justicia”.
“Y digo ello por cuanto se ha objetivado que el imputado se habría valido de su condición de efectivo que se desempeñaba en Prefectura Naval Argentina para frustrar distintas investigaciones en curso, debiendo en tal caso valorarse la configuración del peligro procesal de entorpecimiento probatorio en estos obrados”.
“A ello se le suma que los hechos que se estaban investigando en otras causas son delitos especialmente graves aún cuando la causa se encuentre archivada ante el fallecimiento del allí investigado”, en relación a Héctor Leonardo Diez quien estaba siendo investigado por el delito de comercialización de estupefacientes y falleció el pasado 2 de mayo.