En este sentido, según aseguraron, van a “continuar con la cobertura de medicamentos al 100% como lo indica la legislación vigente”.
Adicionalmente a todas las coberturas, seguirán “garantizando el acceso total de medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten”. Desde PAMI se refirieron al trámite como “un procedimiento ágil que fue relanzado durante nuestra gestión y garantiza el acceso a medicamentos para quienes no puedan pagarlos”.
El comunicado de PAMI sobre la cobertura de medicamentos
PAMI cuenta con un subsidio social con cobertura al 100% para aquellos afiliados que no pueden pagar sus medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas y agudas.
– Tener Ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos. Para los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
– No encontrarse afiliado a un sistema de medicina prepaga concomitantemente con la afiliación al Instituto.
– No ser propietario de más de un (1) inmueble.
– No poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
– No poseer un vehículo con menos de diez (10) años de antigüedad, a excepción de los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), quienes pueden ser titulares de hasta un vehículo con menos de diez (10) años de antigüedad.
– No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Desde el PAMI aclararon que “de no cumplir con los puntos 1) y 2) y, siendo el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para su tratamiento igual o mayor al 15% de sus ingresos, podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de vía de excepción en el que se requerirá y evaluará:
Informe social (Disposición 7339/GPSyC/13) y la escala de vulnerabilidad Socio-sanitaria (Disposición 306/GPSyC/05); y Revalidación médica.
En tanto, «no se encontrarán alcanzados por estas restricciones los Afiliados Veteranos de Guerra del Atlántico Sur».
– DNI
– Receta de la medicación solicitada, emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión).
– Declaración jurada
– En caso de necesitar más de 4 medicamentos por Subsidio Social, deberá presentar el formulario de medicamentos.
El trámite podrá realizarlo la persona afiliada, su apoderado/a o familiar.
El trámite puede realizarse vía web, desde el celular, tablet o computadora. También se puede realizar desde una agencia de PAMI previo turno online. En el sitio web de PAMI se publicó un video donde se explica cómo realizar el trámite paso a paso.
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