La AFIP detalló el procedimiento para recibir productos extranjeros por correo. Entrará en vigencia a fines de agosto y servirá para productos que ya están varados en Aduana.
Las compras online “puerta a puerta” empezarán a llegar a fines de agosto
El día llegó. Después de marchas y contramarchas, la AFIP oficializó el mecanismo para que los argentinos puedan volver a comprar productos en el exterior y recibirlos en sus casas sin tener que pasar por la Aduana.
Este miércoles, la entidad comunicó la decisión a través de las resoluciones generales 3915 y 3916 y detalló los pasos que deberán cumplir los compradores para poder recibir los objetos que adquieran en el exterior. El mecanismo difiere ligeramente según se trate de uno de los siguientes casos:
El nuevo sistema servirá también para recibir los productos que hoy están varados en la Aduana
I) Productos que ingresen al país a través de cualquier servicio postal o courier menos Correo Argentino.
II) Productos que ingresen al país a través de Correo Argentino, tengan un valor inferior a USD 200 y no pesen más de dos kilos.
III) Productos que ingresen al país a través de Correo Argentino y valgan más de USD 200 o pesen más de dos kilos.
El mecanismo entrará en vigencia a partir del próximo 26 de agosto
La letra chica de la resolución trajo además una novedad: el mecanismo servirá también para que los paquetes que hoy están varados en la Aduana sean enviados con el régimen «puerta a puerta».
Pero todavía habrá que esperar un poco para poder recibir un envío del exterior en casa. Según establecen ambas resoluciones, el nuevo sistema entrará en vigencia dentro de 30 días corridos. Es decir, el próximo 26 de agosto.
A continuación, el paso a paso para cada uno de los casos:
I) PRODUCTOS QUE INGRESEN AL PAÍS A TRAVÉS DE CUALQUIER SERVICIO POSTAL MENOS CORREO ARGENTINO
Requisitos previos: para poder recibir pedidos bajo esta modalidad, el paquete deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a. Valer USD 1.000 o menos.
b. Pesar menos de 50 kilos.
c. Tener en su interior tres o menos unidades del mismo producto.
d. No haber superado el límite de cinco pedidos de este tipo por persona en el año.
Cumplidos los cuatro requisitos, habrá que seguir los siguientes pasos para recibir el producto:
1. Una vez realizada la compra, el paquete será despachado al país. A diferencia de los casos II) y III), el usuario no deberá declarar los datos del producto ante la AFIP. Del trámite se encargará la empresa de servicio postal o Courier contratada para traer el paquete. La compañía también se encargará de pagar el tributo de 50% del valor del envío ante la AFIP. Cada empresa definirá cómo se organizará para realizar esos trámites, pero no quedan dudas de que los costos serán trasladados al usuario para que los pague antes o al momento de recibir el envío.
2. Una vez recibido el producto, el comprador deberá notificar electrónicamente su recepción a la AFIP. El trámite deberá ser realizado dentro de los 30 días corridos de la recepción en la web de la entidad (http://www.afip.gob.ar). El comprador no podrá volver a recibir otros pedidos hasta tanto no cumpla con este requisito.
II) PRODUCTOS QUE INGRESEN AL PAÍS A TRAVÉS DEL CORREO ARGENTINO, TENGAN UN VALOR INFERIOR A USD 200 Y PESEN MENOS DE DOS KILOS
1. El comprador recibirá una notificación de Correo Argentino que informará que existe un envío a su nombre, pasible de ser entregado a domicilio. Indicará además un número de tracking asociado al paquete.
2. Una vez recibida esa notificación, el usuario deberá ingresar a la página web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar) y hacer click en el apartado «Declaración simplificada de envíos postales internacionales» (al momento de escribir esta nota, la sección todavía no había sido habilitada). Una vez dentro, deberá ingresar su clave fiscal, que debe tener un nivel de seguridad 3 como mínimo para poder operar. (En caso de no poseerla, puede consultarse cómo tramitarla en esta página).
3. Una vez dentro del apartado «Declaración simplificada de envíos postales internacionales», el usuario encontrará un formulario donde deberá ingresar el número de tracking del envío que le habrá dado el correo contratado. La pantalla mostrará entonces los datos del destinatario y el domicilio de recepción.
4. A continuación, el usuario deberá ingresar el valor de la compra y una breve descripción del o los artículos recibidos. Luego, tendrá que validar el registro. El sistema generará entonces un Volante Electrónico de Pago (VEP) por los impuestos que corresponda abonar (en la mayoría de los casos, el 50% del valor final del producto).
5. El VEP deberá ser abonado dentro de las siguientes 24 horas a su creación. Una vez vencido ese plazo, perderá su validez. En caso de no abonarse el VEP dentro del plazo de su vigencia, podrá generarse un nuevo VEP con el mismo número de tracking.
6. Una vez efectuado el pago, el comprador podrá recibir el envío en su domicilio. Si por algún motivo la AFIP decidiera suspender el envío a domicilio, el destinatario recibirá una nueva notificación del correo informándole que deberá acercarse a la sucursal.
7. Una vez recibido el producto, el comprador deberá notificar electrónicamente su recepción a la AFIP. El trámite deberá ser realizado dentro de los 30 días corridos de la recepción en la web de la entidad (http://www.afip.gob.ar). El comprador no podrá volver a recibir otros pedidos hasta tanto no cumpla con este requisito.
III) PRODUCTOS QUE INGRESEN AL PAÍS A TRAVÉS DE CORREO ARGENTINO Y VALGAN MÁS DE USD 200 O PESEN MÁS DE DOS KILOS
1. El comprador recibirá una notificación de Correo Argentino que informará que existe un envío a su nombre, pasible de ser entregado a domicilio. Indicará además un número de tracking asociado al paquete.
2. Una vez recibida esa notificación, el usuario deberá ingresar a la página web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar) y hacer click en el apartado «Declaración simplificada de envíos postales internacionales» (al momento de escribir esta nota, la sección todavía no había sido habilitada). Una vez dentro, deberá ingresar su clave fiscal, que debe tener un nivel de seguridad 3 como mínimo para poder operar. (En caso de no poseerla, puede consultarse cómo tramitarla en esta página).
3. Una vez dentro del apartado «Declaración simplificada de envíos postales internacionales», el usuario encontrará un formulario donde deberá ingresar el número de tracking del envío que le habrá dado el correo contratado. La pantalla mostrará entonces los datos del destinatario y el domicilio de recepción.
4. A continuación, el usuario deberá ingresar el valor de la compra y una breve descripción del o los artículos recibidos. Luego, tendrá que validar el registro. El sistema generará entonces un Volante Electrónico de Pago (VEP) por los impuestos que corresponda abonar.
5. El VEP deberá ser abonado dentro de las siguientes 24 horas a su creación. Una vez vencido ese plazo, perderá su validez. En caso de no abonarse el VEP dentro del plazo de su vigencia, podrá generarse un nuevo VEP con el mismo número de tracking.
6. Una vez hecho el pago, el usuario deberá acercarse a retirar el pedido a la sucursal del correo que le haya sido indicada.
7. En caso de que la AFIP considere que el valor declarado del paquete es incorrecto, podrá exigir al usuario una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada. Como resultado del nuevo cálculo, se generará en forma automática un nuevo VEP para abonar la diferencia. El pago deberá ser efectuado antes de retirar el envío.