El anexo al decreto incluía productos de los complejos soja, maíz, trigo, girasol, cebada y sorgo, no sólo en granos sino también en gran parte de sus productos agroindustriales, incluyendo harina y pellets de soja y girasol, aceites de soja y girasol, biodiesel, harina de trigo, malta, entre otros. Posteriormente, el Decreto 685/2025 extendió la medida a productos cárnicos.
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