La funcionaria municipal declaró y dijo que la norma que la fiscalía imputa como incumplida, no se aplica y que ella como titular del área de Habilitaciones no tenía obligación de prohibir el desarrollo de actividades.
Soberon quedó imputada por dos hechos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por permitir el desarrollo de actividades mientras el Código de Habilitaciones lo prohíbe y por no intimar al club por la entrega de la documentación faltante en el trámite de habilitación.
El próximo día 10 de diciembre será indagado Leandro Javier Ginóbili, en su condición de Presidente de la institución, por haber omitido disponer la suspensión del evento de patín de fin de año frente a la emisión de dos alertas previos de color “naranja” por el Servicio Meteorológico Nacional y otro por el municipio de la ciudad a las 13:00 horas, en circunstancias en que conocía la falta de habilitación municipal y que estaba prohibido el desarrollo de actividades en los clubes (por el Código de Habilitaciones) mientras se encuentra en trámite la habilitación y no exista una aprobación definitiva.
La conducta imprudente de Ginóbili generó un peligro común, que ocasionó la muerte de 13 personas; lesiones en otras de distinta gravedad; y, simultáneamente, colocó también en peligro de muerte, a las personas que concurrieron al evento de patín.






