El Senado de la Nación le dio media sanción a la reforma de la Ley de Glaciares (Ley 26.639) este jueves, en medio de una votación ajustada que terminó con 40 votos a favor y 31 en contra. Esta reforma es clave para la agenda del oficialismo y de las provincias mineras, pero ha generado un rechazo muy fuerte en sectores ambientalistas.
Cabe señalar que el oficialismo logró tanto la aprobación en general, como en particular, por lo que ahora el proyecto pasa a manos de Diputados.
El proyecto de reforma a la Ley de Glaciares
El Poder Ejecutivo ha puesto en marcha una profunda reingeniería de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares. El corazón de la propuesta apunta a redefinir el blindaje legal que rige desde 2010 sobre el ambiente periglacial, una zona que hasta hoy se mantenía inalcanzable para la industria extractiva y que el oficialismo considera clave para el desarrollo económico.
El fin del «blindaje total»
A diferencia de la normativa vigente, que protege de manera uniforme tanto a los glaciares visibles como a las mezclas de hielo, roca y sedimentos que componen el ambiente periglacial, la nueva iniciativa introduce un matiz científico con fuertes implicancias comerciales. La reforma propone distinguir entre las «formas periglaciares» que actúan como reservas hídricas estratégicas y aquellas que, al no cumplir un rol vital en la recarga de cuencas, podrían ser declaradas aptas para la actividad industrial.
En términos prácticos, esto significa que el territorio periglacial dejará de estar protegido por su mera existencia. La protección solo será efectiva si se demuestra técnicamente que la formación cumple una función hídrica fehaciente.
Los nuevos árbitros del hielo
Para operativizar este cambio, el proyecto delega la responsabilidad técnica en el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). Este organismo será el encargado de confeccionar un renovado Inventario Nacional de Glaciares, donde deberá individualizar cada formación y certificar su relevancia hídrica.
Sin embargo, el dato político relevante es la designación de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación y coordinadora del proceso, lo que subraya la intención del Gobierno de alinear la conservación con las necesidades de la matriz productiva y energética.
¿Qué se podrá hacer en las montañas?
A pesar de la apertura, el texto mantiene un catálogo estricto de restricciones para las zonas que permanezcan bajo protección:
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Actividades prohibidas: Continúa el veto total a la exploración y explotación de minería e hidrocarburos, la instalación de infraestructura industrial y la liberación de sustancias contaminantes en áreas protegidas.
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Actividades permitidas: Se limitarán exclusivamente a la investigación científica, operativos de rescate y la práctica de deportes no motorizados, como el andinismo y la escalada.
Con este proyecto, el Gobierno intenta saldar una deuda histórica de «claridad jurídica» reclamada por el sector minero, aunque la iniciativa ya despierta señales de alerta en las organizaciones ambientales, que ven en la «función hídrica comprobable» una ventana para la degradación de ecosistemas críticos de alta montaña.
(Foto: CLAUDIO FANCHI/NA)







